Título : | El régimen de responsabilidad política del Poder Ejecutivo en la Constitución uruguaya | Tipo de documento: | texto impreso | Autores: | Carol Metcha MONACO AGUIAR (autor) | Mención de edición: | 1a. ed. | Lugar-Editorial-Fecha: | Montevideo : FCU, 2024 | Descripción física: | 72 p. | ISBN: | 978-9974-2-1581-8 | Nota general: | Prólogo: Jaime Ruben Sapolinski.
Con notas al pie de las páginas y referencias bibliográficas. | Idioma de publicación : | Español | Ubicación: | D342.208 95 M734r | Temas: | DERECHO CONSTITUCIONAL - URUGUAY FORMAS DE GOBIERNO - URUGUAY JUICIO POLITICO - URUGUAY PODER EJECUTIVO - URUGUAY - CONTROL PARLAMENTARIO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA - URUGUAY - COMPETENCIAS REFRENDO MINISTERIAL RESPONSABILIDAD MINISTERIAL - URUGUAY RESPONSABILIDAD POLITICA SEMI-PRESIDENCIALISMO VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA - COMPETENCIAS
| Resumen: | La responsabilidad de quienes ejercen el poder público es un precepto constitucional fundamental en la vida de los pueblos libres. Nuestro país constituye un Estado Democrático de Derecho en que tanto los Poderes representativos como la soberana Nación deben actuar conforme a Derecho, como expresamente se establece en la Constitución uruguaya. En la presente obra se analizan las características particulares del sistema de gobierno uruguayo semi presidencial, atendiendo a la figura prominente del gobierno que es la del Presidente de la República, con amplia discrecionalidad para nombrar y cesar a los Ministros, orientador de la política del Poder Ejecutivo y por tanto Jefe de Gobierno, además de Jefe de Estado. Los Ministros de Estado en el sistema uruguayo dependen de la confianza política del Presidente de la República, que puede cesarlos en cualquier momento. La figura clave del gobierno es el Presidente de la República, que es elegido por mayoría absoluta de la ciudadanía o eventualmente en ballotage. Las facultades del Presidente de la República como Jefe de Estado son las comunes de un Jefe de Estado en los sistemas parlamentarios, con la diferencia que no designa al Jefe de Gobierno, por la razón de que la Jefatura de Gobierno la ejerce el mismo Presidente de la República en el Uruguay [extraído de contratapa]. | Contenido: | Sistemas de gobierno según las relaciones entre poderes.
Breves referencias a los sistemas de gobierno parlamentario y presidencialista en las constituciones uruguayas.
Breve análisis de los institutos parlamentarios de contralor y su relación con la responsabilidad política de los gobernantes.
Institutos de responsabilidad política.
El instituto del refrendo ministerial.
La responsabilidad política del Presidente de la República : la responsabilidad política del Vicepresidente de la República.
Instituto de responsabilidad político penal : el juicio político.
La responsabilidad política de acuerdo a los tipos de sistemas de gobierno.
La responsabilidad política del Poder Ejecutivo, en las Constituciones uruguayas de 1830, 1918, 1934, 1952 y 1967 con las reformas de 1997.
Conclusiones. |
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