| Título : | La exclusión de cobertura del suicidio en los seguros de personas : su dimensión actual | | Tipo de documento: | texto impreso | | Autores: | Andrea SIGNORINO BARBAT (autor) | | Lugar-Editorial-Fecha: | Montevideo : LA LEY URUGUAY , 2025 | | Descripción física: | xxiii, 269 p. | | ISBN: | 978-9915-9713-9-1 | | Nota general: | Prólogo: Fernando Carbajo Cascón.
Incluye notas a pie de página y bibliografía. | | Idioma de publicación : | Español | | Ubicación: | 368.3 S578e | | Resumen: | «La presente investigación apunta al estudio del suicidio como riesgo no cubierto en los seguros de personas -en especial en sus coberturas de vida, accidentes personales y salud o enfermedad-, como exclusión de cobertura en sentido estricto, lo cual obliga a introducirse en institutos y elementos esenciales del contrato de seguros relacionados a la exclusión por suicidio, como ser el dolo, la intencionalidad, los actos potestativos, el alcance de la voluntariedad o consciencia del acto y las delimitaciones temporales relacionadas a su cobertura. Se analizará la evolución del tema, señalando las etapas en el aseguramiento del suicidio, y la forma en que actualmente el seguro, respetando sus bases técnicas, puede apoyar la humanización del contrato a fin de cumplir con la finalidad de "cobertura acorde a los riesgos" y necesidades actuales de las personas, coherente con la nueva dimensión social del seguro. En definitiva, el objetivo es ocuparse de un mal o problema preocupante de todos los siglos, posiblemente agravado por la influencia de factores psicosociales aportados por la postmodernidad, -de lo que no escapa la pandemia por COVID-19-, como lo es el suicidio, y realizar una propuesta fundada en los recursos que el seguro posee para respaldar las necesidades de cobertura del ser humano.» [Extraído de la página xxi]
| | Contenido: | Aspectos generales del contrato de seguro relacionados a la exclusión de cobertura por suicidio y a las coberturas analizadas.
Relevancia de este capítulo.
Sobre los tipos de seguros : vida, accidentes personales y enfermedad.
Los tipos de seguros de personas referidos en esta obra.
Las coberturas de seguros de personas y el suicidio - colofón.
Fundamentos económicos y presupuestos técnicos del seguro.
Generalidades.
La mutualidad.
Presupuestos técnicos del seguro : ley de los grandes números y tablas de siniestralidad : tablas de mortalidad y suicidio.
Homogeneización : cualitativa y cuantitativa de los riesgos : mecanismos adicionales : coaseguro y reaseguro.
La tarificación del riesgo.
Funciones económicas y sociales del seguro.
Funciones sociales.
Funciones económicas.
Función económico-individual.
Función económico-general.
La nueva dimensión de la función social del seguro.
La delimitación del riesgo y el carácter delimitativo, no limitativo, de la exclusión de cobertura por suicidio.
El riesgo y su delimitación.
El riesgo e interés asegurable.
Delimitación del riesgo y exclusión de coberturas o riesgos no cubiertos.
La determinación técnica y jurídica del riesgo : la individualización y la delimitación del riesgo.
Fundamento de la delimitación del riesgo y de las exclusiones de cobertura.
Exclusiones de cobertura y delimitaciones subjetivas basadas en conductas del asegurado.
El carácter delimitador del riesgo de la cláusula de suicidio.
El suicidio : en la psiquiatría y psicología, en la legislación comparada, en la jurisprudencia y en la doctrina científica - las etapas recorridas en su aseguramiento.
El suicidio como fenómeno psiquiátrico y psicológico.
El suicidio en legislaciones latinoamericanas y europeas.
Legislaciones sin regulación expresa del suicidio.
Colombia : Código de Comercio- Decreto 410 de 27/03/1971.
Uruguay : Ley 19678 de 26/10/2018 "aprobación de modificaciones en el marco legal del mercado de seguros".
Legislaciones que regulan el suicidio con plazo de carencia y definición o calificación del suicidio.
Con plazo de carencia de un año y calificación del suicidio.
España ley 50/1980 de contrato de seguro de 8/10/1980, califica a la muerte autoinfligida como consciente y voluntaria.
Francia el Code des Assurances decreto no 76-667 de 16/07/1976 regula el suicidio con una carencia de un año y lo califica como voluntario.
Con plazo de carencia de dos años y calificación del suicidio.
Perú : la ley del contrato de seguro no 29946 de 6/11/2012, cubre el suicidio luego de un plazo de carencia de dos años y califica al suicidio como voluntario.
Con plazo de carencia de tres años y calificación del suicidio.
Argentina la ley de seguros 17.418 de 30/08/1967, establece un plazo de carencia de tres años y califica el suicidio de voluntario.
Legislaciones con plazo de carencia y sin calificación del suicidio.
Con plazo de carencia de dos años y sin calificación del suicidio.
Costa Rica la ley reguladora del contrato de seguros no 8956 de 17/6/2011 establece una carencia de dos años y no califica al suicidio.
México la ley sobre el contrato de seguro de 31/08/1935 establece una carencia de dos años y no califica al suicidio.
Chile la ley 20667 de 15/04/2013 que regula el contrato de seguro y reemplaza el título VIII del libro II del Código de Comercio, establece una carencia de dos años y no califica al suicidio.
Brasil Código Civil : ley no 10.406, de 10 de enero de 2002, regula el suicidio sin calificarlo y establece un plazo de carencia de dos años.
Italia Codice Civile regio decreto 16 marzo 1942 regula el suicidio con carencia de dos años y sin calificarlo.
El suicidio en la jurisprudencia.
La calificación del suicidio como voluntario o involuntario.
El suicidio involuntario es un riesgo asegurable.
Colombia Corte Suprema de Justicia sala de casación civil sentencia de 25 de mayo de 2005 magistrado ponente : Jaime Alberto Arrubla Paucar.
La voluntariedad del suicidio no radica en el motivo para suicidarse, que no tiene relevancia jurídica.
España : sentencia del Tribunal Supremo de 21 de julio de 2016, 514/2016 magistrado ponente Eduardo Baena Ruiz.
El suicidio ocurrido dentro del plazo de carencia torna irrelevante la discusión sobre la premeditación - o voluntariedad- de la muerte.
Brasil : sentencia (súmula- precedente) 610 Supremo Tribunal de Justicia segunda sección, sentencia del 25/04/2018, die 07/05/2018 REsp 1076942/PR, relatora : ministra Nancy Andrighi, cancela el precedente 61 ministro Joao Otávio de Noronha, segunda sección juzgado el 27/05/2015, die 15/06/2015.
Suicidio y coberturas de accidentes personales : suicidio y accidente laboral.
España : Audiencia Provincial de Madrid, sección 14, sentencia 339/2007 de 4 jun. 2007, rec. 835/2006 ponente : Amparo Camazón Linacero.
España : Tribunal Supremo, sala cuarta, de lo social, sentencia de 10 jun. 2009, rec.3133/2008 ponente : Jorge Agustí Juliá.
España : sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 10 de enero de 2019, magistrado ponente Fernando Oliet Pala.
Italia : Tribunale di Vicenza, 25/03/2010.
La prueba del suicidio.
España : Tribunal Supremo, sala primera, de lo civil, sentencia 358/2007 de 21 mar. 2007, rec. 1833/2000 magistrado ponente : José Antonio Seijas Quintana.
España : Tribunal Supremo, sala primera, de lo civil, sentencia 423/2000 de 26 abr. 2000, rec. 1866/1995 magistrado ponente : Jesús Corbal Fernández.
El plazo de carencia es una cláusula abusiva.
Colombia : Corte Suprema de Justicia, sentencia del 19 de diciembre de 2018 : magistrado ponente : Ariel Salazar Ramírez.
El suicidio en la doctrina científica.
Introducción a su evolución : la inasegurabilidad del suicidio.
Las etapas en el aseguramiento del suicidio.
Primera etapa en el aseguramiento del suicidio : la distinción entre el suicidio voluntario y consciente y el suicidio involuntario e inconsciente.
El dolo del asegurado.
La voluntariedad y consciencia del acto de suicidio del asegurado.
La voluntariedad y consciencia del acto de suicidio del asegurado en el derecho francés : el artículo L 132-7 du Code des Assurances.
La voluntariedad y consciencia del acto de suicidio del asegurado en el derecho español : los seguros de vida : el artículo 93 de la ley de contrato de seguro 50/1980.
El artículo 93 y el pacto en contrario- la imperatividad normativa- el orden público de protección.
El artículo 93 y la voluntariedad y consciencia del acto suicida.
El artículo 93 y su alcance subjetivo.
El artículo 93 y la carga de la prueba.
La voluntariedad y consciencia del acto de suicidio del asegurado en el derecho español : los seguros de accidentes personales : el artículo 102 de la ley de contrato de seguro 50/1980.
La voluntariedad y consciencia del acto de suicidio del asegurado en el derecho español : los seguros de enfermedad : el artículo 106 de la ley de contrato de seguro 50/1980 : la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
El suicidio en los seguros de enfermedad.
El suicidio y la eutanasia.
Segunda etapa en el aseguramiento del suicidio : solo se considera suicidio al acto voluntario -que presupone la consciencia- del asegurado.
El suicidio involuntario es un accidente.
La voluntad de suicidarse como reticencia.
Tercera etapa en el aseguramiento del suicidio: los plazos de carencia y cláusulas de indisputabilidad como requisitos temporales para la cobertura del suicidio.
Los plazos de carencia y las cláusulas de indisputabilidad.
Argumentos que buscan fundamentar a los plazos de carencia.
La devolución de la reserva matemática, valor de rescate y demás beneficios en caso de exclusión por suicidio.
Introducción.
La imprecisión normativa de no distinguir seguros colectivos de seguros individuales.
El concepto de reservas técnicas : la reserva matemática y el valor de rescate.
Supuestos fundamentos para la devolución de la reserva matemática o del valor de rescate en caso de exclusión por suicidio.
Conclusiones sobre la tercera etapa en el aseguramiento del suicidio y los plazos de carencia.
Epílogo.
Otras consideraciones : seguro colectivo- seguro obligatorio- reaseguro- coaseguro- tecnologías.
Los seguros colectivos : pautas de suscripción.
El seguro colectivo y la cobertura del suicidio.
Los seguros obligatorios y sus consideraciones.
El seguro obligatorio y la cobertura del suicidio.
Reaseguro y coaseguro como mecanismos de distribución de riesgos.
El coaseguro y el reaseguro y la cobertura del suicidio.
Tecnología aplicada a seguros.
Las tecnologías y la cobertura del suicidio.
Conclusiones : cuarta etapa en el aseguramiento del suicidio : su cobertura sin plazos de carencia gracias a los recursos técnicos del seguro.
La herramienta para atender las necesidades del ser humano, es el seguro, máxime en su dimensión social actual.
Los argumentos para no cubrir el suicidio en la actualidad, no son sólidos.
Colofón.
Propuesta.
Principios.
Tipo de seguro. |
|  |