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> CODIGO GENERAL DEL PROCESO (ART. 452)(MODIFICACIONES SOBRE EL CONCURSO CIVIL) - URUGUAY - COMENTARIOS
CODIGO GENERAL DEL PROCESO (ART. 452)(MODIFICACIONES SOBRE EL CONCURSO CIVIL) - URUGUAY - COMENTARIOS |
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texto impresoLos juzgados concursales Síndicos o acreedores informantes en los concursos de las sociedades anónimas La intervención en la Moratoria La Comisión de acreedores Ampliación del elenco de situaciones en que se verifica la cesación de pagos Dilacio[...]
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